¿subsidio por desempleo?

Question by tolola: ¿subsidio por desempleo?
Hola!!! hace 1 año me quede sin trabajo,lo abandone yo porque queria ponerme a estudiar y porque siempre andaban con lios a la hora de pagarme,logicamente no tuve opcion a paro,pero hace poco me han dicho que si tengo opcion al subsidio por tener un niño es cierto? que requisitos piden? donde lo solicito?? gracias!!!

Best answer:

Answer by nene
El haber renunciado voluntariamente a un trabajo de excluye tanto del derecho al paro como al subsidio siempre, ya que a efectos legales no estás en situación legal de desempleo. De todas formas te indico los supuestos de los subsidios para que veas que no tienes derecho:
Tienes las situaciones y requisitos que se exigen en el artículo 215 de la LGSS:
REQUISITOS:
Tienen derecho al subisio los parados que figurando INSCRITOS como demandantes de empleo durante el plazo de 1 MES, SIN HABER RECHAZADO oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y CARECIENDO DE RENTAS de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75% del SMI, excluida la parte proporcional de las 2 pagas extraordinarias.

SE ENCUENTREN en alguna de las siguientes SITUACIONES:
Haber agotado las prestaciones por desempleo y tener responsabilidades familiares (tu tienes responsabilidades familiares pero no has agotado una prestación por desempleo).
Haber agotado la prestación por desempleo, carecer de responsabilidades familiares y ser mayor de 45 años de edad en la fecha del agotamiento (tampoco es tú caso).
Ser trabajador español emigrante retornado a España que acredite haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos 6 años en dichos países desde su última salida de España, y no tenga derecho a la prestación por desempleo
Haber sido liberado de prisión y no tener derecho a la prestación por desempleo, siempre que la privación de libertad haya sido por tiempo superior a 6 meses.
Haber sido declarado plenamente capaz o inválido en el grado de IPP para la profesión que ejercía el interesado como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de invalidez en los grados de IPT para la profesión que ejercía el interesado, o de IPA para todo trabajo o GI.
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Otra opciónArt. 215.2: Los parados que, reuniendo que te indiqué al principio, salvo el relativo al período de espera, se hallen en situación legal de desempleo y NO TENGAN DERECHO a la prestación contributiva, por no haber cubierto el período mínimo de cotización, SIEMPRE QUE hayan cotizado al menos 3 MESES si tienen RESPONSABILIDADES FAMILIARES, o al menos 6 MESES, si CARECEN DE RESPONSABILIDADES familiares.
Este tampoco es tu caso, ya que tú no te encuentras en situación legal de desempleo, puesto que al renunciar voluntariamente en el trabajo nunca te encuentras en situación legal de desempleo y por tanto no tienes ni derecho a paro ni a subsidio.
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Luego hay un subsidio para mayores de 52 años y otro subsidio especial para mayores de 45 años…pero igual no puedes haber cesado voluntariamente.

Finalmenet, en cuanto al Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción, que es un programa temporal por la crisis y que se acaba de prorrogar hace unos días por otros 6 meses más, se exige que hayas agotado una prestaciones por desempleo y no tengas derecho al subsidio, y como ves tampoco es tú caso.

Como ves no tienes derecho, no obstante si quieres que te lo digan oficialmente vete al Servicio Público de Empleo.

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One comment

  1. pide ayuuda a un abogado

    http://www.miraabogados.es

    es muy bueno, mi caso fue muy complicado y la verdad es que se molestó muchiiiiisimo el chico, y no es caro, ya te digo de antemano, otros despachos se suben a la parra… el no, ya lo verás.

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